Rocío Flores

OAXACA, Oax. El gobernador del estado Gabino Cué Monteagudo, vetó el dictamen de legisladoras y legisladores de la Sexagésima Segunda legislatura local en la que aprobaron incorporar al Código Civil local la alienación parental, como forma de violencia familiar y como una causal de la perdida de la patria potestad.

En un documento  enviado al congreso local el gobernador expone que en ejercicio de las facultades que se le confiere la Constitución de Oaxaca veta totalmente el decreto 1360 por el que se pretendía incorporar este término de alienación parental como una forma de violencia.

El pasado 19 de noviembre a propuesta del diputado panista Gerardo García Henestroza de la Comisión Permanente de Administración de Justicia, fue presentada por la diputada Juanita Cruz Cruz del Partido de la Revolución Democrática la iniciativa de reforma al Código Civil local con el siguiente argumento:

“Hay número cada vez mayor de niños que durante las evaluaciones para la custodia iniciaban un proceso de denigración hacia uno de los progenitores, Richard Gardner comenzó a estudiar estos síntomas en los niños y utilizó el término de “síndrome de Alienación Parental” para referirse a los síntomas que veía en los niños después de la separación o divorcio, consistentes en la denigración y el rechazo de un padre antes amado”.

La propuesta fue aprobada con 27 votos a favor  y 8 en contra,  como forma de violencia familiar y como  una causal de la perdida de la patria potestad.

La modificación al Código Civil  fue calificada por activistas feministas y por la propia directora del Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) Anabel López Sánchez, como un retroceso  ya que viola el principio  de no regresividad de los derechos humanos porque coloca  a los niños y a las niñas pero también a las mujeres en una situación de vulnerabilidad, particularmente en casos de violencia contra las mujeres.

“Es una iniciativa fuera de lugar” dijo la directora al ser entrevistada por este medio, no es un síndrome reconocido por la Organización Mundial de la Salud y tampoco está en el catálogo  de enfermedades psiquiátricas y padecimientos emocionales.

De su lado la feminista Ana María Hernández integrante de la organización Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad, señaló que la argumentación que presentaron los legisladores denota que  que «son muy ignorantes” porque dicen que garantizan el derecho supremo  del niño o la niña a estar con su padre o madre  y «lo que es cierto es que es una de las reformas que han hecho que los agresores hagan uso de ella para obligar a que los hijos estén con ellos.

“Es una venganza machista porque generalmente los hombres son los que casi  nunca tienen a los hijos o las hijas”. Revictimizan a las y menores y criminalizan a la mujer, señaló.

El veto total del gobernador será presentado este jueves en el congreso local; el procedimiento lesgislativo marca que con este oficio del  gobernador se regresa a comisiones el dictamen y la Comisión de Justicia que lo elaboró tiene 15 días para analizar si  aceptan el veto  o la modifican.

La alineación parental es un término psiquiátrico definido en los años 80 y promovido por el psiquiatría Richard Gardner para referirse a lo que él describe como un desorden psicopatológico en el cual un niño, de forma permanente, denigra e insulta sin justificación alguna a uno de sus progenitores, generalmente, pero no exclusivamente, el padre. Sin embargo, dentro de la comunidad académica el síndrome de alienación parental (SAP) carece de consenso científico por no reunir los criterios metodológicos  necesarios para ser aceptado.

El SAP ha sido rechazado como entidad clínica por las dos instituciones más reconocidas en el mundo en términos de salud y trastornos mentales: la Organización Mundial de la Salud y la Asociación Americana de Psicología.

 

 

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