Rocío Flores

OAXACA, Oax.  De dos a seis años de prisión serán las sanciones por violencia política contra mujeres en Oaxaca, es decir, para quien cause daño físico, psicológico o limite los derechos políticos electorales de alguna mujer o grupo de mujeres. Con esta reforma al código penal del estado, aprobada ayer jueves, Oaxaca se convierte en la primera entidad en el país en tipificar la violencia política como un delito.

El decreto fue aprobado por mayoría de votos en el Congreso local. Así se adiciona el artículo 401 bis al Código Penal para del estado de Oaxaca, que señala:

“Se impondrá prisión de dos a seis años y multa de siete mil a quince mil pesos  a quien realice por sí o  a través de terceros cualquier acción u omisión para causar un daño físico, psicológico, económico o sexual en contra de una o varias mujeres  y/o su familia, para restringir, suspender, o impedir el ejercicio de sus derechos político electorales o inducirla u obligarla a tomar decisiones de la misma índole en contra de su voluntad.

El dictamen aprobado este 25 de febrero Día para la Eliminación de la Violencia de Género, fue a iniciativa de la diputada  el Partido Acción Nacional (PAN)  Alejandra García Morlán  y propuesta posteriormente por las diputadas del Partido Revolucionario Institucional María Luisa Matus Fuentes, Yadira Betanzos Pérez, Rosalía Palma López, María del Carmen Ricárdez Vela, Martha Alicia Escamilla León y María Lilia Arcelia Mendoza Cruz.

Luego del análisis de la Comisión Permanentes de Administración de Justicia e Igualdad de Género, fue  aprobado con 29 votos por el Pleno de la Sexagésima Segunda legislaura local.

“La violencia de género  no es un tema de partidos políticos, es un tema que nos compete y nos debe ocupar a todos” dijo García Morlán, quien también reconoció el trabajo de sus compañeras en este tema, que consideró un logro en el marco legal de la entidad.

La violencia  política se refleja en acciones y omisiones, incluida la intolerancia y acciones que tiene por objeto menoscabar el reconocimiento, el goce o el ejercicio de los derechos políticos de mujeres.

De acuerdo a la magistrada del TEPJF, Alanís Figueroa esas acciones pueden ser perpetradas por grupos de personas, el Estado, sus agentes, partidos políticos como persona jurídica, representantes de partidos políticos o medios de comunicación.

Ejemplos que constituyen la forma extrema de violencia política contra las mujeres son las agresiones fisicas y hasta asesinatos de políticaso funcionarias perpetrados recientemente en el país, pero también en otro nivel, cuando se exigen a las mujeres firmar renuncias en blanco antes de ser registradas como candidatas durante los procesos electorales.

La violencia política se presenta también en el registro de mujeres a distritos perdedores o con problemática  y violencia, en la falta de otorgamientos de recursos para campaña, trabajo sin salario cuando están en funciones, “te dejo llegar pero no te pago”; ocultamiento de información para la toma de decisiones, ridiculización o desnostación de su imagen de manera pública, agresiones verbales, indiferencia y omisión de las instituciones para tomar acciones necesarias cuando las mujeres son violentadas con fines políticos, entre otras acciones  que han permanecido en la impunidad, coinciden legisladoras y actores políticos de la entidad.

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