Redacción

OAXACA, Oax. El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca invalidó el artículo 55  de la ley Orgánica del Poder Legislativo que establecía que se debía aumentar de dos a cinco el número de diputados para integrar una fracción parlamentaria y en consecuencia formar parte de la Junta de Coordinación Política.

La reforma fue aprobada el pasado  28 de julio de 2016, no obstante este lunes el Tribunal resolvió dejar sin efecto dicha reforma, al resolver el expediente JDC/99/2016. Por mayoría de votos los magistrados consideraron que esta reforma transgrede el sistema democrático representativo, así como el principio de progresividad lo cual constituye una regresión al derecho de participación política de los diputados electos.

Los magistrados Raymundo Wilfrido López Vásquez y Víctor Manuel  Jiménez Viloria Consideraron que esta reforma trastocó el sistema democrático representativo debido a que se les impide a los diputados electos postulados por el PAN y el PT participar en la toma de decisiones de la Junta de Coordinación Política, es decir se les impediría participar en los actos preparatorios a la aprobación de un asunto por parte del Pleno del Congreso del Estado de Oaxaca.

Por su parte el magistrado Miguel Ángel Carballido Díaz, consideró que la reforma al artículo 55 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Oaxaca, no entra dentro del ámbito de atribuciones del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, mencionó que esta disposición normativa es de naturaleza parlamentaria y está relacionada con la organización interna del Congreso del Estado.

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