El  Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el Congreso del estado deberá nombrar Consejos Municipales 

Redacción

OAXACA, Oax. La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró por mayoría de votos, la inconstitucionalidad de la figura del encargado de la administración municipal, en municipios del estado de Oaxaca que, a propuesta del secretario general fueron designados por el gobernador, Alejandro Murat Hinojosa.

En la sesión pública del pasado 12 de abril la Sala Regional Xalapa resolvió diversos juicios ciudadanos y  anuló las elecciones de concejales municipales en San Juan Bautista Atatlahuca, Etla; Nejapa de Madero, Yautepec; y San Mateo del Mar.

Además de determinar la nulidad de las elecciones municipales declaró la inconstitucionalidad de la figura del encargado de la administración municipal, consignada en el artículo 79, fracción XV, de la Constitución de Oaxaca, por contravenir lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los magistrados  federales argumentaron que al ser nombrado un administrador municipal por el gobernador del Estado, “se deja de tomar en consideración la naturaleza de la administración municipal; la cual, para su correcta implementación y desempeño, requiere de la labor colegiada de distintos funcionario”,

Expusieron que la Carta Magna exige una serie de requisitos para desempeñar el cargo de concejales de elección popular; sin embargo, el encargado de la administración municipal no es una figura jurídica que cumpla con algún requisito previo a su designación.

Por ello, el Pleno de la Sala Regional Xalapa determinó que, en los casos de nulidad de la elección de los municipios antes mencionados, el Congreso del Estado, a propuesta del gobernador, deberá nombrar a un Consejo Municipal a fin de que administre dichas localidades hasta que se realicen las elecciones extraordinarias donde designarán a los nuevos concejales.

 

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