Redacción

 

MÉXICO.,  Tres meses después de que se realizó la consulta, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dieron marcha a tras a los resultados de la consulta ciudadana realizada por la Comisión de Educación Cívica y Mecanismos de Participación Ciudadana del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, respecto a la construcción del Centro Cultural y de Convenciones en el Cerro del Fortín.

En la ponencia de la magistrada, María del Carmen Alanis Figueroa y avalada por los integrantes de la Sala Superior, estableció que indebidamente se validó la consulta realizada sólo en la ciudad de Oaxaca y no en toda la entidad, toda vez que no se tomó en cuenta la importancia natural y social del lugar en el que se pretendía hacer la aludida obra, que ameritaba la consulta de toda la población de la entidad, y no sólo a un sector.

Para fundamentar su proyecto de sentencia, Alanis Figueroa, precisó que la consulta realizada a instancias del gobernador del estado Gabino Cué Monteagudo, sobre la construcción del Centro de Convenciones en el Cerro del Fortín tiene una trascendencia en el estado que no puede circunscribirse a la población del municipio de Oaxaca, por lo que propuso la revocación de la citada consulta.

Para justificar su voto a favor de dicha ponencia, el magistrado Pedro Esteban Penagos López, señaló que el inmueble conocido mundialmente porque ahí se realiza la Guelaguetza, no puede dejarse sólo a los residentes de la ciudad de Oaxaca, sino incluir a todos los integrantes de esa entidad.

Una consulta ciudadana no debe limitarse  al lugar “que se pretende afectar, si la afectación va más allá de las fronteras del propio municipio”, acotó.

Aún más, el magistrado presidente Constancio Carrasco Daza señaló que la consulta ciudadana no fue incluyente tratándose de una construcción en el Cerro del Fortín, contiguo al Centro Histórico de la capital del estado de Oaxaca, que es patrimonio de la humanidad. “Creo que tiene un déficit o nos quedó a deber en la inclusión absoluta de los habitantes del estado de Oaxaca”.

Agregó que dicha consulta ciudadana debió de tener como premisa el potencializar el derecho a la información de la ciudadanía, de qué se pretendía con el Centro de Convenciones en el Cerro del Fortín y si la edificación atentaba o no contra este espacio natural, que pudiera afectar de manera colateral o de manera directa el auditorio Guelaguetza, en donde concurren las ocho regiones del estado, en lo que es una fiesta ancestral de la población oaxaqueña en general.

La consulta ciudadana realizada el 4 de octubre del 2015 fue cuestionada por la ciudadanía y organizaciones civiles, que se opusieron desde el incio al proyecto de edificación en ese espacio, con el argumento de que era ilegal pues la consulta no está incluida como figura de participación ciudadana en la Ley.

 

 

(Con información de agencias)

 

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